Fuente: Consejo General de Enfermería
- Actualmente, seis de las siete especialidades contempladas en el Real Decreto están desarrolladas para la formación EIR: Enfermería Obstétrico-Ginecológica (matrona), Enfermería de Salud Mental, Enfermería del Trabajo, Enfermería Geriátrica, Enfermería Familiar y Comunitaria y Enfermería Pediátrica. Pero la única plenamente reconocida es la de matrona. El resto cuenta con un desarrollo desigual en función de la CC.AA.
- En un nuevo informe del Instituto de Investigación del Consejo General de Enfermería se realiza un repaso histórico a las especialidades enfermeras en nuestro país, las especialidades existentes en la actualidad, cómo es la formación por el sistema de residencia (EIR) en cada una de ellas o la situación particular de cada especialidad en las distintas comunidades autónomas.
- Como señala Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería, “con esta completa guía hemos querido poner negro sobre blanco la situación actual de las especialidades de enfermería, y el panorama nos demuestra lo que venimos diciendo desde hace 19 años: en esta cuestión nos encontramos ante un absoluto abandono del Estado y de las Comunidades Autónomas”.
Casi 20 años después de la aprobación del Real Decreto de Especialidades de Enfermería, en abril de 2005, su desarrollo sigue siendo muy desigual en las distintas comunidades autónomas. Así se pone de manifiesto en la "Guía sobre Especialidades de Enfermería para el desarrollo profesional", editada por el Consejo General de Enfermería y el Instituto Español de Investigación Enfermera. En ella se realiza un repaso histórico a las especialidades enfermeras en nuestro país, las especialidades existentes, cómo es la formación por el sistema de residencia (EIR) en cada una de ellas o la situación particular de cada especialidad en las distintas comunidades autónomas.
Como señala Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería, “con esta completa guía hemos querido poner negro sobre blanco la situación actual de las especialidades de enfermería, y el panorama nos demuestra lo que venimos diciendo desde hace 19 años: en esta cuestión nos encontramos ante un absoluto abandono del Estado y de las Comunidades Autónomas, quienes no apuestan por las especialidades porque lo que les interesa es un modelo de enfermera generalista, de enfermera para todo, que resulta más barato y resta complejidad a la organización del sistema sanitario, aunque es contrario a las necesidades del paciente y nuestro crecimiento profesional”.
Especialidades
Actualmente, seis de las siete especialidades contempladas en el Real Decreto están desarrolladas para la formación por el sistema de residencia (EIR): Enfermería Obstétrico-Ginecológica (matrona), Enfermería de Salud Mental, Enfermería del Trabajo, Enfermería Geriátrica, Enfermería Familiar y Comunitaria y Enfermería Pediátrica.
De todas ellas, la que está desarrollada, implementada y plenamente reconocida en todo el Estado es la de matrona que cuenta con la categoría profesional y bolsa de empleo exclusiva en todas las comunidades autónomas, incluyendo el reconocimiento de un complemento salarial específico.
Unidades docentes
Sin embargo, en el resto de las especialidades su implementación es muy desigual tanto entre especialidades como entre comunidades autónomas.
Así, si observamos las unidades docentes acreditadas para la formación de enfermeros especialistas, ni siquiera todas las comunidades tienen plazas para que los enfermeros realicen su residencia en todas las especialidades.
La que más unidades docentes tiene y de la que más plazas de formación se convocan cada año es de Enfermería Familiar y Comunitaria, seguida de matrona. Por el lado contrario, la Enfermería Geriátrica es la que cuenta con menos plazas de formación y sólo existen unidades docentes en Aragón, Asturias, Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia y Navarra, y no en todas sus provincias.
Categoría profesional
Una vez que los enfermeros tienen su título de especialista, para poder ejercer como tales y que se les reconozca su titulación es preciso que en cada servicio de salud esté creada la categoría profesional. Aquí nuevamente hay mucha variabilidad.
“Con la excepción de la Enfermería Obstétrico-Ginecológica, que sí cuenta con esta categoría en todas las comunidades autónomas, nos encontramos con dos modelos: las regiones que han optado por crear una categoría genérica de “enfermera especialista”, y quienes han ido creando la categoría profesional por cada una de las especialidades, con lo que nos encontramos que hay comunidades que no reconocen todas las especialidades existentes”, explica Guadalupe Fontán, coordinadora del Instituto Español de Investigación Enfermera.
Así, en la guía se observa que ni Cataluña ni Navarra reconocen más especialidad que la de matrona. Por su parte, Andalucía, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid y La Rioja, cuentan con la categoría genérica de “Enfermera especialista”, si bien dentro de ellas, Castilla y León no relaciona ninguna especialidad concreta, Andalucía no cita en su decreto a la Enfermería Geriátrica, y en Ceuta y Melilla (INGESA) está en proyecto.
Por otro lado, las regiones que sí tienen categorías específicas de todas las especialidades de forma individual son: Aragón, Baleares, Canarias, Comunidad Valenciana, Extremadura y Murcia. Galicia y Cantabria cuenta con todas las especialidades salvo Enfermería Geriátrica, mientras que País Vasco sólo cuenta con matrona y Salud Mental.
Sin embargo, como subraya el presidente de las 345.000 enfermeras españolas, “el que tengan creada la categoría no implica que haya enfermeros ejerciendo como especialistas. Para ello deben catalogar plazas de especialistas en las relaciones de puestos de trabajo, reconvertir plazas de enfermeras generalistas en plazas de especialistas, crear bolsas de empleo, ofertas de empleo específicas… y todo ello todavía es muy limitado”. “Por ello -añade- exigimos que se creen las categorías profesionales específicas de enfermeras especialistas y que se cataloguen los puestos de trabajo en todas las CC.AA. de una vez por todas, que se abonen las especialidades como corresponde diferenciándolas de una enfermera generalista. Sólo así se podrá dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos y pacientes”, concluye.
Enfermería en Cuidados Médico-Quirúrgicos
La excepción a toda esta situación es la especialidad de Enfermería en Cuidados Médico-Quirúrgicos, única especialidad que todavía no ha visto reconocido su programa formativo, primer paso para proceder a su implementación en nuestro sistema sanitario. Sin embargo, tal y como se refleja en la propia guía “dado el amplio abanico de ámbitos de actuación que podría componer, aún no se ha conseguido un consenso amplio en lo que se refiere a sus características y contenido y, por tanto, no se ha podido aprobar un programa formativo oficial ni se han creado las correspondientes unidades docentes donde impartir la formación”.
Fuente del mapa: “Guía sobre Especialidades de Enfermería para el desarrollo profesional”, Instituto Español de Investigación Enfermera del Consejo General de Enfermería.